Deducciones para trabajos de mejora de la eficiencia energética en las viviendas.
Algunos de los requerimientos son:
- Los trabajos deben en viviendas de alquiler o en propiedad.
- Las mejoras pueden ser:
- En reducción de la demanda para calentar i enfriar. Ej.: Aerotermia.
- En la reducción en el consumo de energía primaria no revovable. Ej.: Fotovoltaica.
- En rehabilitacón energética. Ej.: Aislamientos.
Las deducciones van desde el 20%, 40% hasta el 60%, con un máximo en cada una de las tres deducciones.
- Dos certificados de eficiencia energética realizador por un técnico competente. Uno antes de la mejora i otros después.
- Para la deducción tiene que haber una mejora significativa.
- El período es desde el 6 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024.
- El certificado de eficiencia energética después del trabajo tiene que tener fecha antes del 1 de enero de 2025.
Para más información entrad en este enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deducciones-obras-mejora-eficiencia-energetica-viviendas.html